Ayudas para contratos de Personal Técnico de Apoyo (PTA) 2016
- Estado
- Cerrada
- Plazo
- Del al
- Importe
- 7.020,00 (en miles de euros)
Descripción General
-
El objetivo de estas ayudas es incentivar la contratación laboral de personal técnico de apoyo en organismos de investigación y van destinadas a dar soporte en el manejo de equipos, instalaciones y demás infraestructuras de I+D+i a fin de incrementar y mejorar las prestaciones y rendimiento de las infraestructuras científico-tecnológicas.
La titulación que se requiere es licenciado, ingeniero, arquitecto, graduado, diplomado, ingeniero técnico, arquitecto técnico o técnico superior en el marco de la formación profesional del sistema educativo.
Las solicitudes de participación las presentan los centros de I+D incluyendo en ellas a los técnicos candidatos. La selección se fundamenta en un proceso de concurrencia competitiva, siendo, los criterios de evaluación de las solicitudes los siguientes: 1) el impacto de la actuación en el grado de actividad de I+D+i de la infraestructura y 2) los méritos curriculares del candidato y adecuación del mismo a las tareas a realizar en función de la experiencia profesional y formación. Los baremos que se aplican a dichos criterios son, de 0 a 80 y de 0 a 20 puntos, respectivamente.
Objetivos específicos y actividades que se financian
Concesión por una cuantía máxima de 7.020.000 euros, de la cual se reserva una cuantía máxima de 117.000 euros para la contratación de personas con una discapacidad igual o superior al 33 por ciento. La duración de las ayudas es de tres años para la contratación laboral de técnicos por organismos de investigación. La cuantía anual de las ayudas varía según la distinta titulación, es de 13.000 euros anuales para licenciado, ingeniero, arquitecto, graduado, diplomado, ingeniero técnico o arquitecto técnico y 12.000 euros anuales para técnico superior en el marco de la formación profesional del sistema educativo. En todo caso se destina a cofinanciar el salario y la cuota empresarial de la Seguridad Social de los técnicos contratados durante cada una de las anualidades.
Beneficiarios
Organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, Universidades públicas, sus departamentos e institutos universitarios, y universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+I, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001. Otros centros públicos de I+D: Organismos públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus organismos. Entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud. Entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro que realicen actividades de I+D. Centros Tecnológicos de ámbito estatal que estén inscritos, en la fecha de presentación de la solicitud, en el registro de centros creado por el Real Decreto 2093/2008.